sábado, 20 de noviembre de 2010

Políticas ambientales y marginación campera: las nuevas “reservas indígenas” en la Andalucía del siglo XXI.



Agustín Coca Pérez
Antropólogo
Grupo de Investigación GISAP
Universidad Pablo de Olavide


Palabras claves: espacio natural,  medio ambiente, percepciones locales, patrimonio.

Resumen

En estas páginas se concretan los principales factores que han provocado la oposición de determinados colectivos a las políticas de protección ambiental desarrolladas a través de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía (RENPA) y más concretamente a la figura de Parque Natural. Para ello se define la importancia socioambiental de estas medidas de protección en las dos últimas décadas. Se analizan las principales herramientas de gestión -Planes de Ordenación de los recursos Naturales (PORN) y Planes  generales de Usos y gestión (PGOU)- así como sus implicaciones a la hora de entender los recursos, aprovechamientos, aspectos patrimoniales, paisajísticos…y los principales procesos de participación/ comunicación implementados. Por otra parte, se identifican los principales elementos contrastivos que desde las percepciones locales, el “saber campesino”, discuten estas políticas de protección, en el marco de nuevos o antiguos usos de estos territorios.

Introducción- justificación

El año de 1991 tiene una especial significación, ya que es cuando se aprueba el 3 de julio La Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía[1]. Entre otras novedades, la nueva ley atendía a los elementos representativos, actuales y emergentes de la cultura andaluza. Dos años antes, había sido proclamada, también en julio, pero el día 18, la  Ley 2/1989 de Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía[2]. Fruto de la aplicación de esta segunda Ley, en menos de veinte años, se protegen “ambientalmente” algo más de un 20% de la superficie andaluza -1, 7 millones de has. Si la promulgación de la Ley de patrimonio Histórico apenas tuvo consecuencias en cuanto a su aplicación sobre extensas áreas territoriales, con la segunda, amplias extensiones de nuestro suelo pasan a formar parte de la Red de Espacios Protegidos de Andalucía (RENPA). Estos territorios ocuparán un nuevo papel socioeconómico y estratégico definido por los procesos de puesta en valor que emanen de las diversas instituciones y organismos creados al efecto.

Estos procesos de “patrimonialización natural” se solapan no sin contradicciones con la historia socioecológica de territorios pertenecientes a comarcas y pueblos concretos, que en muchas ocasiones discutirán las formas y modos de aplicar las normativas sobre los socioecosistemas[3] afectados. El proceso de regulación que supuso la aparición de los diversos Planes de Ordenación y Recursos Naturales (PORN) y Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG), como herramientas principales y particulares donde se define la estrategia sobre los recursos y valores de  los “espacios naturales” específicos, condicionará de forma relevante, a una parte importante de los modos de vida de los habitantes, de sus quehaceres, actividades, etc., en definitiva, de esta parte  definida en la Ley Histórica de Andalucía como Patrimonio Etnológico.[4]

A la vez que lo ambiental pasa a penetrar de manera transversal la planificación territorial se opacan otros referentes patrimoniales, ignorando, en la mayoría de los casos, una parte sustancial de los modos de vida, prácticas, percepciones e interpretaciones de las poblaciones con su entorno. En el análisis de los procesos de conformación de estas herramientas de gestión (PORNs, PRUGs), en la manera de participar los colectivos locales en su redacción y en los modos que se derivan de entender y preservar estos espacios, se localizan algunas claves que explican las distintas reacciones sociales adversas  a las que hemos asistido en estos veinte años en determinados espacios protegidos. Protestas de particulares y colectivos, que ubicados fundamentalmente en ámbitos locales, manifiestan su oposición a las  normativas ambientales, reprobando unas medidas de protección que consideran ajenas a sus propios intereses y, en determinados casos, a su manera particular de entender la preservación del medio.

En las páginas que siguen se analizan los factores que provocan la oposición de estos colectivos a las normativas, en algunos parques naturales andaluces. Para ello:

  • Es indispensable aludir, aunque sea de forma sintética, al papel que el medio ambiente adquiere en esta fase de globalización internacional y atender a los procesos de institucionalización de lo ambiental, así como al carácter liberal y mercantilista que sustenta el concepto de desarrollo sostenible. Con ello se situarán otras dimensiones  de la protección ambiental en nuestra Andalucía desde una óptica más compleja.

  • Se analizan las principales herramientas de gestión -Planes de Ordenación de los recursos Naturales (PORN) y Planes  generales de Usos y gestión (PGOU)- y sus implicaciones a la hora de entender los recursos, aprovechamientos, aspectos patrimoniales, paisajísticos…así como los principales procesos de participación implementados.

  • Se debaten las formas y modos como se han definido estas normativas, acercándonos a las lecturas que hacen de los territorios que engloba. De manera concreta, se atiende a las formas y modos de patrimonialización operados, a las formas de  percibir estas legislaciones por parte de los colectivos agrarios y nos aproximamos a los últimos episodios que en el ámbito público han cuestionado las medidas de protección ambiental.

  • Se reflexiona sobre otras formas de construir el territorio derivada de las prácticas locales y se analiza la importancia del saber campesino enfrentado en un modelo dicotómico de entendimiento de la realidad con el saber letrado en el contexto identitario andaluz.


De la naturaleza, el medio ambiente y la institucionalización de lo ecológico.

Es en Norteamérica -y más concretamente en EE.UU.- donde se inician las políticas de protección de amplios territorios. Les siguen en estas prácticas estados que como  Canadá, Australia o Nueva Zelanda eran formaciones políticas de reciente constitución, nacidas como consecuencia de procesos de independencia de metrópolis europeas; demográficamente, y siempre con relación a los estados europeos, con reducidos índices de ocupación, manteniendo vastos territorios bajo un escaso control político y/o económico. En estos lugares habitaban distintas etnias y grupos humanos organizados en sistemas políticos preestatales, enfrentados, la mayoría de las veces, con estos mismos estados que los intentaban dominar. Así, a la vez que se instituye toda una regulación normativa que implica la conservación de determinados ecosistemas, aparecen intenciones geopolíticas y económicas que fomentan la intervención para adherir territorios. Este tipo de políticas  instauran todo un modelo de protección en el mundo que enajena de sus bienes a las poblaciones indígenas (Santamarina, 2009; Stevens, 1997).
Este modelo que se sustenta en el positivismo decimonónico, heredero del pensamiento ilustrado, vendrá a facilitar la puesta en valor de los recursos y la entrada de los mismos en las lógicas del mercado. Los ilustrados, hace más de tres siglos y partiendo de posicionamientos antropocéntricos heredados del humanismo renacentista plantean la existencia separada de la cultura (donde cabe todo lo humano) y la naturaleza (lo externo a la cultura) (Valcuende, 2003). La intervención en ella, su gestión, ha de estar en manos de la ciencia. Una ciencia sacralizada desde un “tecnocentrismo” que asegura la relación entre este dualismo, al servicio del capital. El discurso científico hegemónico, que se pretende fuera de todo ámbito de poder, se impone ante otras lecturas de las relaciones de las personas con el medio. La naturaleza como categoría de análisis pasa a convertirse en ambiente (Escobar, 1995) que se muda en mercancía. La naturaleza es objeto de explotación y, al mismo tiempo, de protección en cuanto recurso real o potencial. Y el “medio ambiente” entra a formar parte del ámbito técnico (Comas, 1998): el científico se convierte en el tasador incontestable de los modos de hacer, de gestionar, de construir la naturaleza.
En el Estado español, en 1916 surge la primera Ley de protección ambiental inspirada en el modelo norteamericano. Y en 1918 se declaran los Parques Nacionales de la Montaña de Covadonga y el Valle de Ordesa. El promotor de esta ley es el Marqués de Villaviciosa de Asturias, Pedro Pidal, aficionado a la cacería. El fomento de los aprovechamientos cinegéticos aparece junto al interés turístico y de uso público, como objetivos preferentes en estos espacios. Además de los valores excepcionales que procura salvaguardar, se le añaden a veces otros de “índole religiosa, histórica o legendaria” (Mulero, 2002:21) de la que no estaba ajena la elección de la mítica, para los  nacionalistas españoles, Covadonga. Y hay que subrayar que ya, en estos primeros parques hubo enfrentamientos entre los vecinos que se sentían perjudicados por la nueva normativa. El uso público y el turismo se  pensaban como fuentes de ingresos que ayudarían a proteger estos territorios. Pero también como manera de “educar” a las poblaciones que estuvieran en estos entornos considerándolas como colectivos sin saberes asociados, una especie de seres del pasado a los que se quiere civilizar (Santamarina, 2005). De “indígenas interiores”  que convenía culturizar para ser afines al modelo de desarrollo propuesto.

Desde ese momento y hasta la dictadura franquista se inician distintas iniciativas legislativas[5] con el fin de salvaguardar algunos de los valores que se consideran “naturales” –botánicos, zoológicos,  geológicos, etc.- manteniendo, eso sí, los objetivos turísticos y de uso público. Y si en la II República el aprovechamiento cinegético asociado a las élites pudientes se matiza, ni con el franquismo, ni tampoco con la democracia cambiará esta óptica que desconsidera a los colectivos locales en la construcción del medio.

En los años sesenta cuando se cree el Instituto de Conservación de la Naturaleza (ICONA), considerados por algunos (Mulero,2002;  Fernández, 1999) como la institución pionera para la protección ambiental, sus acciones traerán consigo distintas consecuencias en el plano de la identificación futura de estas políticas proteccionistas por parte de las poblaciones locales. En la misma línea pideliana supondrá, en muchos territorios andaluces, la marginación, cuando no la expulsión, por parte de las autoridades forestales para múltiples pequeños propietarios y ganaderos (rancheros) a los que en virtud de la pretensión proteccionista del monte, se le veda el acceso a los pastos y otros recursos del monte (Coca, 2008).  En la década de los setenta es cuando aparece la primera Ley de Espacios Naturales Protegidos y la figura de Parque Natural (PN). Con ella, una idea de la protección ambiental que no se aparta de enfatizar los aspectos biológicos, geológicos, etc., separadamente de las relaciones sistémicas existentes con respectos a los grupos humanos que lo habitan, continuandose con la concepción dualista, tan ampliamente arraigada, de las nociones de “cultura” y “naturaleza”. Y de nuevo, lo artificial, las actividades humanas, y lo “natural” aparecen como realidades contrapuestas, contradiciendo el potencial innovador que aporta esta figura de protección[6]. Una Ley que  estará vigente hasta 1989, periodo en el que se lleva a cabo la construcción del actual Estado de las autonomías y la entrada en el Mercado Común Europeo[7].

La normativa relativa a los parques naturales

La ley de 1989 se plantea compatibilizar los objetivos conservacionistas con el desarrollo de las áreas rurales que se circunscriben dentro del perímetro que se protege. La intención de la Junta de Andalucía queda claramente reflejada en la Exposición de Motivos: “la idea de conservación debe entenderse en sentido amplio, por lo que, inherente a la misma, tiene que ir aparejada el fomento de la riqueza económica, de forma que el aprovechamiento ordenado de los recursos naturales redunde en beneficio de los municipios en que se integren y, en definitiva, de nuestra Comunidad Autónoma”(Ley 2/1989de 18 de Julio). Para ello es obligada la elaboración de un PORN y un PRUG, junto con un Plan de Desarrollo Sostenible (PDS). Los objetivos proteccionistas redundarían en beneficios económicos para los colectivos afectados, por lo que es imprescindible que todos los sectores socioeconómicos se impliquen en la propuesta ambiental, ya que de no ser así, no se lograrán alcanzar el desarrollo y la conservación que se pretenden. Pero otra cosa muy distinta es que a pesar de estas declaraciones de intenciones, se cuente realmente con todos los colectivos y grupos de intereses y que la protección no se entienda como imposiciones. 

El PORN es el instrumento básico y principal medio que regula y planifica la protección. Su importancia queda subrayada por la primacía que asume ante cualquier otra normativa con la que pudiera entrar en contradicción. En los PORNs se inventarían, analizan y evalúan los principales recursos naturales que se pretenden proteger. El PRUG es “el principal e inmediato  instrumento de desarrollo del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, debiendo concretar las previsiones de éste para la adecuada gestión del espacio protegido y consiguiente alcance de los objetivos perseguidos en su declaración” (Corraliza, García y Gutiérrez, 2002:88). Se trata de la herramienta que desarrolla en lo concreto lo regulado en el PORN. Su principal cometido es el de reglamentar las actividades  que se desarrollen en el PN con el fin de lograr los objetivos propuestos. ¿Quiénes y de qué forma participaron los colectivos locales en su redacción? En la mayoría de los Parques analizados, salvo excepciones- PN del Estrecho- los documentos los elaboraron técnicos de la Consejería del Medio Ambiente o, los primeros, de la extinta Agencia del Medio Ambiente. Y para las diversas renovaciones de los PORNs y PRUGs se consultaron a los miembros representados en las Juntas Rectoras de los Parques. En el análisis efectuado sobre la renovación del PORN y PRUG del PN Los Alcornocales tenemos un ejemplo de los procesos en los que la participación social  fue más explícita.  Así “el proceso de  participación que se seguirá  y que consta de tres partes: el trámite reglado de información Pública (…), el proceso de Debate de la propia Junta Rectora, para lo que se desarrollará una Comisión de Trabajo; y por último, un proceso de participación paralelo que incluirá diversas reuniones y foros de debate con representantes de los sectores afectados” [8]Pero no nos llevemos a engaño. Los foros de debate llevados a cabo en estos meses se limitaron a determinadas consultas con técnicos concretos y representantes de colectivos elegidos desde la dirección del PN. No se articuló un proceso de participación global, no excluyente, capaz de recopilar las distintas perspectivas de los otras voces relacionadas con el PN. Ni se organizó un debate público abierto sobre el tipo de normativas y de reglamentación que incorporarían estas normativas.[9]

En cuanto a los órganos de gestión de los Parques Naturales, sin duda hemos de resaltar su carácter centralista (con un director conservador facultado personalmente por las autoridades autonómicas para llevar a cabo la administración y la gestión del PN, dependiente de las orientaciones políticas de las respectivas delegaciones provinciales) y con unos mecanismos de representación meramente consultivos y no decisorios (Junta Rectora[10]).

Los representantes de las Juntas Rectoras, teóricamente, han de ser la encarnación de los colectivos y grupos de intereses que se den cita en el espacio protegido. Pero si nos acercamos a ver quiénes son estos representantes y desde qué ámbitos son elegidos, observamos que:
·         Su designación deviene de ámbitos de decisión provinciales o andaluces detrayendo así de esta responsabilidad a los contextos territoriales concretos que a excepción de los ayuntamientos y atienden a ámbitos supralocales
·         Son, a su vez, representantes de entes formalizados, obviándose todo el asociacionismo  informal, que en los contextos locales andaluces tienen un papel fundamental a  la hora de articular grupos de intereses.
·         Hay un desequilibrio en cuanto a los sectores representados, siendo minoritaria la presencia sindical en contraste con los grupos empresariales o institucionales. O mucha la importancia de los organismos institucionales frente al asociacionismo civil.
·         Por último, se excluye a determinados colectivos  y grupos de intereses - con particularísimas relaciones practicas con los entornos que se protegen : los  camperos[11]-arrieros, cabreros, pequeños propietarios, vaqueros, jornaleros…-, pescadores, etc.

Como resultado de esta  desequilibrada representación muchos de los intereses, inquietudes y problemas de estos colectivos locales profesionales, tienen una influencia insignificante en este órgano colegiado, no habiéndose contado con estas voces cualificadas a la hora de entender y regular los socioecosistemas objeto de protección. No resultará raro, a su vez,  que estos colectivos tengan un enorme grado de desconocimiento  de la mayoría de las regulaciones antes de ser debatidas por las juntas rectoras. Una vez aprobadas por la administración,  las normativas se aplican y ahora serán los camperos los que sí soportarán sus consecuencias. Ahora si se hablará de estas medidas en los diversos espacios de encuentro en los que se produce la sociabilidad local y se valorará  y tomaran actitudes con respecto a la figura del Parque.

La consideración del patrimonio cultural desde la normativa  ambiental

Un ámbito privilegiado para observar cómo se tratan los aspectos vivenciales relacionados con los colectivos diversos que se asientan en los parques naturales andaluces es el tratamiento dado al  paisaje o a los recursos del patrimonio cultural. Porque, a pesar de la intención de aunar los aspectos del patrimonio natural y cultural, en la práctica “podemos encontrar vigente  el esqueleto decimonónico sobre el que se conformó la conservación de la naturaleza” (Santamarina, 2009: 313). Ponemos de nuevo como ejemplo al Parque Natural Los Alcornocales y vemos que en el PORN y PRUG se regulan el uso de carteles, inscripciones, artefactos, elementos conmemorativos, obras de infraestructuras, etc. que  pueden provocar algún cambio estético.[12] La revisión del PORN aprobada en el 2004 señala los valores  identificables como garantes de la diversidad paisajística existente en estos entornos boscosos, que no son otros que  “la variedad del relieve,(…) una cobertura vegetal muy notable y (…) la presencia de numerosas aguas naturales y artificiales,” (Decreto 87/2004 de 2 de marzo. PORN). Se enumeran los paisajes más sobresalientes destacando los recursos edáficos, botánicos y climáticos como responsables de los mismos. Se comenta como el relieve condiciona la vegetación y los colores y la humedad. Se resaltan los cambios de coloración del quejigo, la luminosidad de los helechos, se habla de las pinceladas del bosque de ribera, de la homogeneidad cromática del verde reinante, etc.  Y entre la diversidad “la identidad paisajística está claramente marcada  por la presencia de la formación vegetal que le da nombre: el alcornocal” (Decreto 87/2004 de 2 de marzo. PORN). A la hora de atender a las huellas humanas, estrictamente se consideran aquellos elementos que remarcan el modelo pictórico, la estampa natural, que se propone. Concretamente, se plantea que “Además las características naturales de este tipo de formación, determinados aprovechamientos tradicionales como el corcho han contribuido a remarcar su valor paisajístico” (Decreto 87/2004 de 2 de marzo. PORN). No se pueden pasar por alto las consecuencias visuales del descorche,  ni de las cercas tradicionales con “hinques de acebuches y alambre o los cerramientos ganaderos de arenisca; los hornos para el carboneo, los molinos harineros, o construcciones tan típicas  de la zona como los “moriscos” chozos circulares (…)[y] las numerosas construcciones de castillos y fortalezas existentes en las partes más elevadas y, por tanto, muy visibles” (Decreto 87/2004 de 2 de marzo. PORN). La consideración visual del modelo introduce de forma indiferenciada todo aquello que referido a alguna acción antrópica, se inserta en esa pintura natural, como elementos del pasado, o como actividades que entran dentro de las consideradas como tradicionales. Es significativo subrayar cómo, desde la consideración de homogeneidad territorial del PNA, se sitúan las huellas visuales humanas, sin contemplar las distintas unidades territoriales, ni la diversidad cultural que integra el propio PNA. Valga, como ejemplo, la referencia a los “moriscos”, denominación que se le da sólo y exclusivamente en ciertas localidades del Campo de Gibraltar a los chozos de plantas circulares, donde contextualmente encuentran su sentido.

En ese “saco” en el que cabe todo lo antrópico, se obvian las definiciones efectuadas por organismos internacionales sobre la noción de paisaje[13] y se cometen no sólo equívocos imperdonables, como la relevancia de los hornos de carbón[14] como impacto visual en la actualidad, sino que se afianza interesadamente el concepto de “lo tradicional”, desde su acepción más esencialista e inmovilista, haciendo confluir, sin rubor, los elementos del pasado con los del presente. El  paisaje que se define y se pretende conservar en el PNA es la recreación realizada desde una concepción de lo medioambiental, que no integra, las otras diversas y distintas percepciones de algunos de los colectivos que se relacionan y se apropian de estos entornos. Los constructores de estas imágenes, de nuevo, son grupos concretos ubicados no precisamente en los entornos locales, ni vinculados históricamente con los recursos agrarios. El paisaje sintetiza el ideal natural de estos colectivos que lo convierten en un producto, una mercancía que sustenta un número importante de propuestas productivas vinculadas al desarrollo sostenible como estrategia dinamizadora futura. Paisajes vendibles en los ámbitos turísticos, cinegéticos e incluso científicos, generando nuevos usos del territorio (Coca, 2008).

En la construcción de las normativas de los parques naturales la “tradición” se vuelve enormemente útil a la hora de calificar la huella  humana de los colectivos locales. La reinterpretación del pasado así como la selección de unos componentes antrópicos rescatados y referidos a los paisajes, impregnan de obsolescencia las posibles relaciones humanas que se desvelen. De ahí que las que permanezcan asociadas a los colectivos agrarios considerados como tradicionales se pretendan prescindibles y se justifique su desaparición. Se afianza “lo natural” desde una concepción de “lo tradicional” que invisibiliza cualquier conflicto, resultando sorprendente la falta de alusión a los problemas sociales, pugnas y formas diversas de entender los recursos por parte de los distintos sectores sociales, en las últimas décadas o siglos, a la hora de explicar las realidades que engloba este PNA (desaparición de la gestión colectiva, desamortizaciones de la propiedad pública, proletarización campesina, etc.). Con ello, se niegan, también en la actualidad, las propias aspiraciones y exigencias de colectivos históricos que como los jornaleros, arrieros, arrendatarios y/o pequeños propietarios soportaron las consecuencias de la estructura social latifundista  y que resultan incómodas en el nuevo panorama económico que se proyecta. Reivindicaciones muchas de ellas históricas que de nuevo son orilladas al oscuro confín del silencio (Coca, 2008).

En los desarrollos de las normativas se parte de una visión del patrimonio, que lejos de reivindicar  espacios de conflictos, lejos de adecuarse como concepto democratizante a la diversidad de las expresiones colectivas, se usa de manera estrecha y al servicio  del mercado. El patrimonio se convierte en un hecho uniforme que silencia  la diversidad, se constituye por elementos seleccionados que trata de construir una imagen unívoca que represente a colectivos difícilmente homogeneizables. Una interpretación que folcloriza los elementos culturales diversos. Los recursos relacionados con el patrimonio cultural han de ser útiles para lograr los objetivos de uso público y desarrollo sostenible que junto a la conservación de los recursos naturales pretende la ley.[15] La materialidad de los bienes y la posibilidad de ser usados en las propuestas futuras de sostenibilidad y uso público justifica su elección[16]. No se hace mención alguna de los que pudieran considerarse parte del patrimonio etnológico intangible (Quintero, 2002). Es más, cuando se hace referencia a aspectos referidos al conocimiento, saberes o cualquier otro tipo de manifestación cultural no material se alejará de las realidades complejas de las que surgen. (Coca, 2008)

De este modo,  la patrimonialización de ciertos elementos culturales  huyen de una interpretación basada en los conflictos de clase, de género, de las luchas de poder, etc. y de todo planteamiento que discuta, enfrente y cuestiones al modelo natural que se quiere mostrar. Se trata de construir espacios sin historia, desdibujar territorios y afianzar unidades ambientales-naturales basadas en la sacralización de un supuesto modelo natural original.

Los discursos de interpretación y difusión de los valores patrimoniales  emitidos por las instituciones ambientales como herramientas formativas, parten de nuevo desde  ámbitos científico-técnicos nunca desde la valoración de los conocimientos endógenos de los colectivos locales agrarios y se orienta a los ámbitos urbanos a los que hay que educar en estos valores naturales. Cuando se dirigen hacia las poblaciones locales, se produce un conato de rebeldía en muchos de los actores sociales que ven como su protagonismo se ningunea. A las nuevas generaciones se le inculcan valores que no se corresponden con las experiencias vividas ni por ellos ni por sus mayores, lo que si bien no provoca un corte generacional-siempre la reproducción de las experiencias desde lo personal tiene ámbitos de trasmisión, mucho más potentes que los de la educación reglada- sí invisibiliza, y por consiguiente desvalora, ignora, supedita… la propia historia colectiva de muchos de estos sectores y con ello, distintos referentes identitarios que le son propios. Y de nuevo lo que se visualiza en la mayoría de los parques, de su historia, de la interpretación de su paisaje, de su patrimonio llega a negar las relaciones conflictivas y el devenir colectivo de los hombres y mujeres y se ahonda en la exclusión y marginación de estos sectores locales (Coca, 2008).

La reacción de los colectivos locales.

Si se analizan las principales reacciones sociales producidas en las últimas dos décadas en los territorios incluidos en los PN andaluces se han caracterizado, en su conjunto, por la denuncia de  agresión contra los “valores naturales” definidos en los distintos PORNs y PRUGs. En la mayoría de los casos la acción se dirige contra las actuaciones fundamentalmente inmobiliarias o la creación de infraestructura que públicas o privadas atentan contra los recursos considerados naturales.  Con distinta participación y convocatoria, en diversos puntos de Andalucía, se han unido colectivos sociales y vecinales, partidos políticos y sindicatos y en ocasiones asociaciones de empresarios, para protestar por el trazado de carreteras y autovías (movilización contra la A- 381 y actualmente contra la  autovía A-48 a su paso por Tarifa en el PN Los Alcornocales;  contra la Vía Rápida en el PN la Sierra de Aracena y Picos de Aroche…) contra la anegación de terrenos protegidos (Movilización contra el Pantano de las Breñas en el PN de Hornachuelos)  infraestructura militar (Radar en el PN Los Alcornocales o en Sierra Nevada) el trazado de infraestructura energética ( aerogeneradores, paso del proyectado oleoducto por la Sierra de Aracena, etc. ). La urbanización indiscriminada ha sido un tema que ha preocupado a muchos colectivos ciudadanos en unas décadas donde se disparó la especulación inmobiliaria. Y prácticamente en todos los PN Andaluces se han interpuesto denuncias contra estas  irregularidades (el Algarrobico es quizás el ejemplo más emblemático pero no el único). Pero, pocas protestas se han llevado a cabo contra las limitaciones en la gestión de los recursos que se impone para los colectivos locales y mucho menos, por no decir ninguna que conozcamos, que planteen otra forma de incorporar a los colectivos agrarios locales y sus saberes, en los espacios donde se produzcan las tomas de decisiones para la gestión de estos espacios.  

En determinadas ocasiones surge la noticia periodística de alguna movilización en algún punto de Andalucía, como la producida, por poner otro ejemplo, en Abrucena un pueblo almeriense que tiene el 80% de su término municipal dentro del PN Sierra Nevada y que se movilizó en 2006 contra el nuevo PORN que se estaba elaborando[17]. O la toma de postura de distintos plenos de ayuntamientos de pueblos del PN Los Alcornocales contra las normativas ambientales bajo el pretexto de impedir su “desarrollo económico”. Son movilizaciones que se caracterizan por un lado por repercutir sobre contextos locales concretos, sin que tenga un poder de convocatoria más amplio que el ámbito local o a lo sumo comarcal. Por otra parte, eso sí, aglutina a la mayoría de los sectores socioeconómicos, políticos, asociativos y empresariales que como una piña se adhieren a las reivindicaciones propuestas. Estas protestas encuentran la actitud desconfiada, cuando no directamente opuesta de determinados sectores, por lo general ubicados fuera de los pueblos concretos donde se producen, pero con un poder de influencia real importante (instituciones ambientales, grupos ecologistas, etc.). El elemento aglutinador de los colectivos locales situados dentro de los PN andaluces  es la marginación socioeconómica que tienen por la pertenencia a estos espacios, basando la oposición sus argumentos, en el peligro que supone relajar estas normativas de protección sobre los territorios protegidos.  

En el Informe del Defensor del Pueblo de Andalucía (IDPA) de 2008 [18] se concreta la opinión generalizada entre las personas que viven en los parques, que se lamentan por “los inconvenientes que para el desarrollo de su vida cotidiana le suponen las limitaciones impuestas por las normas reguladoras de los mismos y las trabas burocráticas que deben sortear para el desempeño de cualquier actividad por nimia que sea o para el desarrollo de la menor iniciativa.(…) suelen venir acompañadas de un acerbo lamento por lo que consideran el incumplimiento por la Administración de sus promesas de fomentar un desarrollo socioeconómico de las áreas protegidas que compense a sus habitantes de dichos inconvenientes.” (IDPA, 2008: 57)  Concretamente “es frecuente escuchar críticas por las dificultades que encuentran ganaderos con pequeños rebaños y propietarios de pequeñas fincas agrícolas para la realización de muchas de las actividades relacionadas con el desempeño cotidiano de su profesión o para mejorar sus viviendas o sus instalaciones agropecuarias. A este respecto, una de las críticas más repetidas es la que denuncia la ingente burocracia (…) que convierten en una verdadera odisea kafkiana la obtención del más simple permiso o la consecución de una autorización, convertidas en premisas imprescindibles para realizar legalmente cualquier actividad (…)la burocratización de la vida cotidiana de los habitantes de los espacios naturales protegidos es una de las principales causas del malestar reinante entre los mismos y uno de los motivos del desapego creciente que algunos muestran hacia sus órganos rectores, hacia las normas que los regulan y hacia la propia figura del espacio natural protegido” (IDPA, 2008:57-59).

Por otra parte, este informe alude a otras denuncias en las que se expresa el ahogo de iniciativas privadas ante una normativa que taxativa y salomónicamente no permite ninguna propuesta de pequeños propietarios en un parque natural concreto, al poner el mínimo de las hectáreas requeridas en  50, independientemente de la viabilidad ambiental del proyecto. Es la queja 08/3436 “en la que la parte afectada nos trasladó los inconvenientes con los que se estaba encontrando para la creación de una reserva ecológica en el interior de la finca que titula, ubicada en el Parque Natural de Los Alcornocales, toda vez que dicha finca tiene unas dimensiones de 9 hectáreas y el Plan Rector de Uso y Gestión de dicho Parque Natural exige, para desarrollar un proyecto como el planteado por el interesado, que la superficie mínima de la finca sea superior a 50 hectáreas” (IDPA, 2008: 57). Esta limitación no siendo exclusiva de este parque, lo singulariza ya que “en el vecino Parque de Grazalema se puede realizar esa misma actividad simplemente disponiendo de una finca de 6 hectáreas(…) en otros Parques naturales de Andalucía ni siquiera se exija una superficie mínima, sino que se atienda a la naturaleza y características de la actuación que se pretende realizar.” (IDPA, 2008: 60). En este caso, el denunciante movilizó en uno de los pueblos de PN la recogida de varios centenares de firmas de ciudadanos de toda condición social, política e ideológica.  Es interesante cómo en el encabezamiento de las firmas se alude al trato discriminatorio a los pequeños propietarios subrayando el trato “clasista” de la ley por la marginación de los mismos en un contexto latifundista.[19]

Es la primera vez que hay una movilización de alcaldes en el PN Los Alcornocales y  de firmantes en un pueblo, contra la normativa ambiental. Veinte años después de la proclamación del PN Los Alcornocales más de un tercio de los pequeños propietarios han abandonado su explotación agrícola con lo que se han ampliado los latifundios limítrofes (Coca, 2008). Al decaimiento agrario propiciado por la articulación de las políticas agrarias comunitarias a principio de los años setenta, le acompañó la implementación de unas políticas ambientales que dejó lastradas las posibilidades de futuro de muchos de los colectivos locales existentes en el PN. Muchos de estos colectivos locales perciben que la  protección ambiental sirve a determinados intereses concretos. Se convierte en la salvaguarda de los intereses de los grandes propietarios de tierras que tienen en la protección ambiental y en las políticas de reforestación  un buen aliado para mantener sus bienes rústicos y ampliarlos desarrollando aprovechamientos- cinegéticos- que precisan de un escaso trabajo asalariado. Los camperos sienten a la legislación ambiental como aliada de los intereses de los grandes propietarios, que a la sazón se encarnan hoy en representantes de círculos financieros internacionales o del ayer emergente negocio inmobiliario. Esta reducción de las actividades agrarias, tiende a desalojar a los productores jornaleros, pequeños propietarios, ganaderos… que fueron expulsados desde entonces hasta la actualidad de estas áreas protegidas. 

En Alcalá de los Gazules nos comentaba este pasado año un pequeño propietario:

“somos indígenas interiores en la Europa comunitaria…como los indios de las reservas, eso es lo que somos, molestamos y poco a poco nos están aburriendo”
(Francisco, ranchero, 2009)
¿Qué ocurre?¿ Y qué consecuencia tiene todo esto con el futuro de nuestros socioecosistemas?

Las formas de entenderse con relación al territorio

Secularmente los colectivos que han habitado, trabajado  y construido  los espacios protegidos, manejan una información crucial, unas destrezas y habilidades que sin duda son claves a la hora de procurar la preservación de los mismos. Claves en tanto en cuanto éstas tienen que ver con las formas cómo interactúan con el medio, se vinculan sistémicamente y lo reivindican como suyo: lo territorializan (Godelier,1989; Sabuco, 2004; Valcuende, 2003). La selección e identificación de elementos y el conocimiento sobre las cualidades de la tierra, de los efectos del aire, de las singularidades y características de tal o cual especie animal o vegetal, tiene que ver con la experiencia personal y también colectiva adquirida durante el desarrollo de los procesos productivos ejercitados (Ingold, 1996;  Durand, 2002). El conocimiento del medio se produce desde las diversas relaciones que mantienen los colectivos locales, que lo interpretan desde la vivencialidad que les concede los distintos procesos de apropiación en los que se implican desde la más tierna infancia (Acosta, 2002).

En el PN Los Alcornocales, comprobamos (Coca, 2008) cómo no interpretan de la misma forma el monte los carboneros viejos como los jóvenes rozadores o corcheros destajistas. Ni miran el territorio ni busca en él lo mismo el ranchero, pendiente de límites, de calidades de tierras, de elementos pastables ya sean para las cabras o las vacas, que el segador que contrataba en los años cuarenta del pasado siglo. Como tampoco lo hace, el furtivo, el ganadero, el carbonero, etc. Incluso planteábamos cómo los patrones estéticos asociados a lo bonito y lo feo incluso partían “de la base de lo que se considera bueno desde el punto de vista productivo [y] se cataloga como hermoso desde el punto de vista estético” (Acosta, 2002:462). Es distinta la forma de percibir y recrear el entorno. Y así, por ejemplo, mientras que la normativa precisa la prohibición de no descargar  más de un tercio del follaje de la copa de los acebuches, comunes en los afloramientos de arcillas desperdigados por el PNA, , la opinión de los rancheros y los taladores es que ésta se tiene que vaciar en tanto en cuanto, sin perjuicio del árbol, y ellos saben cómo no perjudicarlo, sean aprovechables los hinques y las taramas para el ramoneo. Tras esta percepción distinta sobre cómo ha de llevarse a cabo una actividad, intervienen patrones estéticos diferentes en la consideración visual del propio árbol. Mientras que para un ranchero el acebuche estaría mal aprovechado e incluso “feo”, con dos tercios de su ramaje y ramón y palos por aprovechar, para otros colectivos, entre ellos los procedentes de las ciudades, la propia visión de un árbol, descargado de la mayoría de su copa, no entraría en los patrones estéticos convencionales de lo que debiera ser un árbol en un espacio natural protegido. La discusión no ha lugar. El propio PORN reglamenta cómo ha de talarse el árbol, posicionándose con los patrones estéticos de los colectivos foráneos, contra el paisaje recreado por los locales.

Iturra (1993) expone las profundas diferencias entre lo que considera el conocimiento letrado y el conocimiento campesino[20]. Diferencias que producen una tajante separación de unos y otros colectivos en tanto que el “letrado y el campesino conviven en un contexto que los separa, en donde el campesino acaba por no entender el contenido del discurso del letrado, y el letrado ignora el proceso de construcción cultural  que el campesino puede hacer en la medida  en que clasifica y calcula mediante  la experiencia y no a través del experimento”(Iturra, 1993:141). Estas nociones resultan centrales a la hora de enfocar los aspectos relativos a los modos de mirar, interpretar, aprehender la realidad, por parte de los colectivos locales. Así como para circunscribir las paradojas que se manifiestan, desde la aplicación hegemónica del saber científico.

Por ello no basta desde nuestro punto de vista agilizar la tramitación de papeles, o conseguir modificar la ley para así poder llevar a cabo iniciativas concretas de determinados sectores que en este momento se sienten marginados. Por supuesto que estas cuestiones han de ser resueltas de forma eficiente, de tal manera que no se conviertan las soluciones, como argumentan muchas asociaciones ecologistas, en  coladeros para dejar que la especulación urbanística tome nuevos bríos. Se trata de situar al mismo nivel a la hora de definir la gestión de los montes, a los sectores agrarios locales, a las personas que tienen algo que decir sobre la relación particular de su experiencia vivida en estos contextos que se protegen, con los saberes provenientes de los técnicos y científicos.  

Cualquier actuación ambiental debe contar con las diferentes formas de entender los recursos de los colectivos que interaccionan en un medio concreto. Debe contar con la experiencia concreta de los individuos y colectivos que se relacionan con el medio.

En muchos lugares del territorio andaluz, en el propio PN Los Alcornocales en sus 20 años de existencia se han visto disminuidos los colectivos agrarios. Es desolador comprobar, cómo ganaderos, agricultores, taladores, corcheros especializados, etc. desaparecen de estos entornos de forma acelerada.  Los que quedan se reconocen a sí mismos con saberes particulares. Se saben importantes y miran con recelo las políticas ambientales. En muchos lugares incluso se creen como los únicos que saben apropiarse del entorno de modo eficiente. Piensan que siempre lo supieron y la muestra evidente de que fueron eficientes a la hora de gestionarlos es la presencia hasta nuestros días de estas masas forestales consideradas por otros como naturales.

A modo de conclusión

Los “indígenas interiores” están desapareciendo y con ello una forma de saberse en el mundo y de preservarlo. El discurso  tecnocéntrico, la sacralización de la ciencia como valedora incuestionable de los modos de hacer, construyó un sistema de relaciones que privilegiaron la adopción de unas políticas de protección ambiental en las que se excluyó a los hombres y mujeres no posicionados en las esferas de poder. La implementación de las políticas de protección ambiental en determinados parques naturales andaluces está suponiendo, en los albores del siglo XX y principios del XXI, privilegiar a los que hasta el momento son los grandes propietarios, que aumentaron sus extensiones. Por el contrario se está ahogando las iniciativas de otros sectores que se ven abocados a la emigración forzada y a perder la relación con sus territorios. Se realiza una interpretación “natural”, sin “gentes” de estos entornos construyéndose una historia “natural”, donde se excusa la participación en su construcción de los hombres y mujeres que están allí asentados.  Y hay reacciones concretas que denotan el descontento y la desconfianza de colectivos concretos, que ponen de relieve la ausencia de consensos a la hora de implementar políticas que obvian las relaciones complejas que se producen en muchos contextos rurales andaluces.

El futuro y la preservación de estos espacios pasan por un cambio de perspectivas institucional que se aleje de unas lógicas paternalistas de protección. Que tomen en cuenta la diversidad de conocimientos y relaciones existentes entre los colectivos locales más vinculados con prácticas agrarias concretas, hasta ahora desvaloradas y ninguneadas. Que articulen las aspiraciones de los constructores de unos territorios, que han sido considerados como testigos incómodos de un pasado que se resiste a desaparecer.




Bibliografía

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[1] Sustituida en la actualidad por la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.
[2] Boja nº 60, 1989. Junta de Andalucía.
[3] El socioecosistema es aquel sistema complejo formado por lo que el pensamiento occidental ha denominado personas y medio ambiente. Siguiendo a Descola y  Palsson: las personas  y medio  ambiente forman un sistema irreductible: las personas forman parte del medio ambiente y, viceversa, el medio ambiente es parte de las personas (Descola y Palsson, 2001:30).  No son explicables sin las relaciones abiertas que mantienen los distintos sistemas abiertos que lo definen de forma compleja.
[5] Decreto del 20 de julio de 1929, Real Orden del 30 de septiembre de 1930, Decreto del Ministerio de Fomento del 7 de junio de 1931, Decreto del 13 de abril de 1934 del Ministerio de Agricultura.
[6] La acción de los grupos humanos se considera novedosamente como las generadoras en gran medida de las particularidades distintivas y de las “riquezas” de estos espacios. Pero por otro, no hay intención por mantenerlas al definirse como perturbadoras para el mantenimiento de los valores que se protegen. No es casual en un momento de auge de las repoblaciones forestales y sobre todo del aprovechamiento cinegético, se  condicione específicamente el aprovechamiento ganadero. Los redactores de la Ley, se pliegan al estado de opinión dominante entre determinados sectores de la administración forestal, que atendían  y favorecían estos aprovechamientos y los intereses asociados. (Corraliza, García y Gutiérrez, 2002).

[7] Sintéticamente, en otro trabajo (Coca, 2008) explicitamos cómo la ley del 1989 se convierte en la salvaguarda de los intereses de los grandes propietarios de tierras que tienen en la protección ambiental y en las políticas de reforestación  un buen aliado para mantener sus bienes rústicos y desarrollar aprovechamientos que precisen de un escaso trabajo asalariado en un contexto de cuestionamiento de la gran propiedad. Otro de los elementos que aparecen asociados y que sirve de coartada para la implementación de estas políticas de protección ambiental es la aparición de una demanda recreativa desde las metrópolis andaluzas. Por último, estas políticas son imprescindibles y necesarias para llevar a cabo la inserción de Andalucía y sus territorios en la Unión Europea. Sin este nuevo contexto institucional difícilmente podemos entender el oportunismo de estas políticas, que no olvidemos otorga un papel subsidiario a las producciones agrarias.
[8] Acta de la Sesión ordinaria de la Junta Rectora del PN Los Alcornocales celebrada el 30 de Junio de 2003 en el Salón de Planos del Ayuntamiento de los Barrios. Punto 5. Julio 2003. Oficina del PN Los Alcornocales.
[9] En otras ocasiones, hemos mostrado la enorme frustración que supuso la elaboración del Plan de Desarrollo Sostenible. A través de distintos talleres y con técnicas de participación, se logró, al menos apuntar los pareceres  y propuestas de amplios sectores locales a un documento elaborado previamente por el Instituto de Desarrollo Regional. Sin embargo, el carácter limitado y las constricciones del “desarrollo sostenible” encumbrador del mercado y de las reglas de juego mercantilista hizo que estas propuestas quedaran en la papelera en lo habría sido un paso adelante en la incorporación de medidas realmente novedosas (Coca, 1999; Coca, 2008)

[10] Decreto 239/1997, de 15 de octubre, por el que se regula la constitución, composición y funciones de las Juntas Rectoras de los Parques Naturales.

[11] “Con campero nos referimos a las personas  que con continuidad permanecen en el campo: aquellos colectivos agrarios locales, integrando a trabajadores sin tierras, rancheros -pequeños propietarios-, colonos, pegujaleros, terrajeros, aparceros, ganaderos, arrieros, contrabandistas, etc. Trabajadores del campo que se distinguen por su relación directa con los recursos agrícolas, forestales y/o ganaderos. Dentro de este grupo están aquellos que, habiéndose incorporado a otros sectores productivos y principalmente a la construcción en los últimos años, se vinculan a estas tareas desde, no sólo las prácticas laborales puntuales con estos recursos sino por su experiencia y conocimiento asociados. La temporalidad en el trabajo les caracteriza y socialmente, en el contexto local, son considerados, por parte del resto de la población, además de como albañiles, peones, etc., como trabajadores del campo. El elemento focal que les define es su relación directa con el medio a través del trabajo.” (Coca:23,24:2008)
[12] Art.102. Decreto 417/1994, de 25 de octubre. PORN.
[13] Es el caso del Convenio Europeo sobre el Paisaje que se firma con ocasión de la conferencia interministerial celebrada en Florencia  el 20 de octubre de  2000 y que fue suscrito por 18 estados miembros del Consejo de Europa. En su Artículo 1 se define al mismo como la “parte del territorio tal y como es percibida  por los ciudadanos, cuyo carácter es el resultado de la acción de factores naturales y/o humanos, así como de sus interrelaciones”. En esta definición se resaltan los aspectos perceptivos diversos.
[14] Este tipo de “desliz” en la redacción del texto muestra, a nuestro juicio, la importancia que se le confiere a estos elementos. En el texto del PORN renovado en 2004, aparece la palabra “hachero” en el capítulo referido a la Economía y el Empleo en el PNA. En ninguno de los pueblos que engloba el PNA se denomina al corchero con este apelativo. De nuevo se desliza el saber del técnico que redacta y se obvia las particularidades discursivas de los colectivos locales.
[15] En los seis artículos que dedica el PORN a estos elementos se comienza por aclarar que éstos se consideran “como un recurso más del mismo”, cuestión necesaria ante el recurrido adjetivo de “natural” que asume el propio PORN. Eso sí, a la hora de hacer referencias a los elementos del patrimonio cultural se destacan los bienes inmuebles, aunque de manera general se alude a “todos  los integrantes del  Patrimonio Histórico Andaluz” y se especifica que “los organismos competentes promoverán cuantas medidas sean necesarias para la conservación del patrimonio del parque natural”. Hay una especial mención a los bienes arqueológicos, fundamentalmente a tener en cuenta a la hora de efectuar actividades que pudieran dañarlos Decreto 417/1994, de 25 de octubre. PORN
[17] Ver Ideal de Granada. Lunes 11 de septiembre de 2006. http://www.ideal.es/almeria/
[18] http://www.defensor-and.es.
[19] CONTRA EL TRATO DISCRIMINATORIO DEL PEQUEÑO PROPIETARIO DE  FINCAS  DEL P.N. DE LOS ALCORNOCALESLos abajo firmantes manifestamos nuestro total rechazo al actual Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de los Alcornocales Decreto 87/2004, por considerarlo totalmente discriminatorio en el trato que da a los pequeños propietarios de fincas. Hace imposible  plantear proyectos que impliquen nuevas construcciones,  imposibilita que los proyectos se  declaren de utilidad pública o  hace imposible el simple cambio de uso de las construcciones ya existentes en fincas de menos de 50 ha en Zona B y 20 ha en Zona C. Atenta contra los derechos básicos de la propiedad privada, supone un trato discriminatorio tanto dentro del espacio natural como en relación con otros espacios naturales protegidos de Andalucía y clasista pues no está  basado en parámetros ambientales, del interés social o la utilidad pública del proyecto, sino de la riqueza de los dueños de las fincas, e impide el desarrollo sostenible de los territorios y municipios afectados por el Parque a la vez que impide la generación de empleo.Por lo tanto solicitamos la revisión y el cambio de la actual normativa reguladora  en esta materia.

[20] El primero se caracteriza por basarse en el método científico. Es un saber que se despersonaliza y se aprende fuera del ámbito familiar o de amistad, en lugares que, como la escuela, sirven para trasmitirlo. Se trata de un conocimiento basado en la deducción y cuya expresión preferente se hace por escrito. Por otra parte, el conocimiento “campesino” se basa  en que se aprende desde la práctica del trabajo, desde la experiencia y la relación con el  universo que circunda a los colectivos locales. En este caso, la transmisión personalizada a través de la oralidad y de la experiencia se convierte en un aspecto fundamental. Es un saber que se cultiva desde la infancia donde los juegos y las actividades que emulan las prácticas de los mayores son primordiales. Para Iturra (1993) es fundamental atender a la “subordinación  de cada persona a su grupo social y  la sustitución que tendrá que efectuar dentro del grupo de personas  que saben manipular la tecnología del trabajo pero que desaparecen a causa de la muerte” (Iturra, 1993:134-135). Esta distinta forma de aprehender la realidad, hace que “ambos modifiquen la naturaleza a partir de dos perspectivas opuestas de la experiencia: el letrado la entendió inflexiblemente, el campesino flexiblemente (…). El letrado tiene instrumentos para penetrar la epidermis de los fenómenos, el campesino penetra la comprensión del mundo a través  de los signos de la epidermis y teoriza lo que está abajo” (Iturra, 1993:141)